Para el ejercicio de la pesca marítima de recreo en aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía será preciso estar en posesión de la licencia expedida por la Consejería competente en la materia.
Esta licencia autoriza la práctica de cualquiera de las modalidades establecidas en el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre:
- Pesca marítima de recreo desde tierra.
- Pesca marítima de recreo desde embarcación.
- Pesca marítima de recreo submarina. Las licencias de pesca marítima de recreo serán de cuatro clases:
- Clase 1: que autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde tierra. Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.
- Clase 2: que autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde embarcación. Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.
- Clase 3 o colectiva: que autoriza para la pesca marítima de recreo desde embarcación a un número de personas queno podrá exceder del número máximo de capacidad de la embarcación. Su período de vigencia será de un año, contadoa partir de la fecha de expedición o renovación.
- Clase 4: que autoriza para la pesca marítima de recreo submarina. Su período de vigencia será de un año, contado a partir de la fecha de expedición o renovación. En el Registro de Licencia de Pesca Marítimia se inscribirán de oficio las licencias expedidas por la Consejería competente en la materia.
Licencia de pesca desde Embarcación (obtención o renovación)
- Precio: 30€
- Enviar por Whatsapp al 616640278 foto de su DNI, dirección completa
- Recibirás todo en un plazo de 48 horas.
Esta licencia autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde tierra.
Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.
Para la obtención de la licencia de pesca marítima de recreo de clase 1, será necesario que el interesado tenga cumplidos catorce años en el momento de la presentación de la solicitud. En todo caso, los menores de edad habrán de contar con la autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela.
Copia del Documento Nacional de Identidad del solicitante o, en el supuesto de no poseer la nacionalidad española, del documento que se asimile al mismo expedido por las autoridades del correspondiente país o, en su caso, el pasaporte.
Autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela cuando el solicitante sea menor de edad.
Licencia desde Tierra (obtención o renovación)
- Precio: 20€
- Enviar por Whatsapp al 616640278 foto de su DNI, dirección completa
- Recibirás todo en un plazo de 48 horas.
Esta licencia autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde tierra.
Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación.
Para la obtención de la licencia de pesca marítima de recreo de clase 1, será necesario que el interesado tenga cumplidos catorce años en el momento de la presentación de la solicitud. En todo caso, los menores de edad habrán de contar con la autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela.
Copia del Documento Nacional de Identidad del solicitante o, en el supuesto de no poseer la nacionalidad española, del documento que se asimile al mismo expedido por las autoridades del correspondiente país o, en su caso, el pasaporte.
Autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela cuando el solicitante sea menor de edad.
Licencia para pesca Submarina (obtención o renovación)
- Precio: 30€
- Enviar por Whatsapp al 616640278 foto de su DNI, dirección completa
- Recibirás todo en un plazo de 48 horas.
Esta licencia autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo submarina.
Su período de vigencia será de un año, contado a partir de la fecha de expedición o renovación.
Para la obtención de la licencia de pesca marítima de recreo de clase 4, será necesario:
Tener cumplida la mayoría de edad en el momento de solicitarla. Reunir las condiciones físicas necesarias para poder practicar la pesca marítima de recreo submarina a pulmón libre. Certificado medico oficial.
- a) Copia del Documento Nacional de Identidad del solicitante o, en el supuesto de no poseer la nacionalidad española, del documento que se asimile al mismo expedido por las autoridades del correspondiente país o, en su caso, el pasaporte.
- b) Certificado médico en el que expresamente se haga constar que el solicitante reúne las condiciones físicas necesarias para poder practicar la pesca marítima de recreo submarina a pulmón libre.
- c) Declaración responsable del cumplimiento con los requisitos exigidos, para el ejercicio de las actividades subacuáticas, por la Orden del Ministerio de Fomento de 14 de octubre de 1997.